domingo, 27 de agosto de 2017

TARIFA ELCTRICA REDUCIDA PARA ENTIDADES CIVILES

La Federación de Entidades de Bien Público de Berisso comunica que por Resolución No.419/17, el Ministerio de Infraestructura Bonaerense aprobó el proceso de revisión tarifaria, según el artículo 44, de la Ley 11.769.
   El artículo 14 incorpora la *categoría tarifaria T1 *Pequeñas demandas*:  que por la Ley 27.218, se establece un régimen tarifario específico por el que el Organismo de Control de la Energía(OCEBA). implementó una categoría para aplicar a las entidades civiles sin fines de lucro.
   Deberán tener domiclio legal en la Provincia de Buenos Aires. Poseer Personería Jurídica.Mas de tres años de funcionamiento desde su fundación. 50 socios como mínimo y 2.000 como máximo. Registrados según normativa vigente a nivel provincial o municipal.
   Las Distribuidoras de Energía Eléctrica deberán encasillar en la Categoría T1 *Pequeñas demandas*, que no excedan la potencial demanda límite, de dicha categoría. Las instituciones que estén cursando el trámite descripto, se le otorgará provisoriamente, por el término de 6 meses.

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